Si eres una empresa española o una multinacional con sede en España, en todos los sitios que lleven tu nombre en Internet, ya sea una tienda electrónica, una web corporativa o una cuenta en una red social, deberás cumplir con las condiciones previstas en materia de cookies. La llamada “Ley de cookies” establece que toda página web profesional debe impedir la instalación de cookies en el ordenador del usuario que la visite salvo que éste dé su consentimiento.
Hay algunas cookies que se han declarado exentas de esta obligación, pero en general se necesitará que el usuario de su permiso para poder instalarlas .El responsable de dicha web deberá informar que quiere instalar una serie de cookies y dar la opción de rechazar dicha instalación al visitante antes de hacerlo. Si en un tiempo prudencial (dándole tiempo para leer y entender lo que se dice) dicho visitante no tomase ninguna decisión, entonces se podrá entender que ha dado su permiso tácito y proceder a instalar las cookies en su ordenador. Pero no antes.
Te recomendamos cumplir con la “Ley de Cookies”, pues en principio las multas, pueden llegar a ser hasta de 30.000 euros, sin son consideradas leves y de 150.000 euros si son consideradas graves.